jueves, septiembre 14, 2006
LAS DEMENCIAS DEL PRD y Convergencia Propondrán “plebiscito revocatorio”
Senadores del PRD y Convergencia presentarán una iniciativa en el Senado para instituir en la Constitución la figura del “plebiscito revocatorio”, con lo que a través de una consulta a la ciudadanía, a mitad de la gestión presidencial, se podrá decidir si el Presidente en funciones se mantiene o no en el poder.
La iniciativa incluye la adición al artículo 39 de la Constitución, con lo que el plebiscito se realizaría después de dos años de ejercicio del mandato y antes de que se cumplan los tres años de gobierno.
“Al mismo tiempo, el plebiscito revocatorio podría ser una salida democrática ilegal a situaciones de crisis políticas en las entidades de la unión y en el país”.
Según el texto, el plebiscito se llevará a cabo cuando lo solicite un número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral, equivalente a 30% de los votos que hubiera obtenido el candidato triunfador en la elección correspondiente.
En caso de que la revocación sea decretada, el Congreso de la Unión elegirá a un titular del Ejecutivo con el carácter de interino para convocar a nuevas elecciones dentro de los 120 días posteriores al plebiscito.
El Ejecutivo electo asumirá su cargo tres días después de realizada la declaración constitucional y fungirá hasta concluir el periodo restante del mandatario revocado.
La iniciativa está firmada por los coordinadores de los senadores del PRD, Carlos Navarrete, y de Convergencia, Dante Delgado, así como por legisladores como Carlos Sotelo, Rosalindo López y Pablo Gómez, también del PRD.
La iniciativa incluye la adición al artículo 39 de la Constitución, con lo que el plebiscito se realizaría después de dos años de ejercicio del mandato y antes de que se cumplan los tres años de gobierno.
“Al mismo tiempo, el plebiscito revocatorio podría ser una salida democrática ilegal a situaciones de crisis políticas en las entidades de la unión y en el país”.
Según el texto, el plebiscito se llevará a cabo cuando lo solicite un número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral, equivalente a 30% de los votos que hubiera obtenido el candidato triunfador en la elección correspondiente.
En caso de que la revocación sea decretada, el Congreso de la Unión elegirá a un titular del Ejecutivo con el carácter de interino para convocar a nuevas elecciones dentro de los 120 días posteriores al plebiscito.
El Ejecutivo electo asumirá su cargo tres días después de realizada la declaración constitucional y fungirá hasta concluir el periodo restante del mandatario revocado.
La iniciativa está firmada por los coordinadores de los senadores del PRD, Carlos Navarrete, y de Convergencia, Dante Delgado, así como por legisladores como Carlos Sotelo, Rosalindo López y Pablo Gómez, también del PRD.
“Una Razon mas para joder al pinché Peje en el 2006”